«La discriminación de los pueblos indígenas tiene un componente racial»

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Albert K. Barume, Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas


El congoleño Albert K. Barume (Bukavu, 1966) es, desde el pasado mes de diciembre, Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas en Naciones Unidas.



Con más de 25 años de trabajo relacionado con las comunidades originarias, se ha convertido en el primer africano en ocupar el cargo. Presente en numerosos foros internacionales, el pasado mes de febrero participó en la séptima reunión mundial del Foro de los Pueblos Indígenas, organizado por el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA). En este encuentro, más 40 líderes de pueblos Indígenas del sur global se reunieron en Roma para reivindicar su derecho a la autodeterminación como un camino hacia la seguridad y la soberanía alimentaria. En un escenario geopolítico complejo e incierto, los líderes indígenas expresaron su voluntad y capacidad de contribuir a asegurar un futuro habitable para todos.



¿Cuál es su trabajo como Relator Especial?

El Consejo de Derechos Humanos tiene cuatro actividades principales. La primera es producir cada año dos informes temáticos para Naciones Unidas sobre la situación de los derechos indígenas. La segunda tiene que ver con recibir denuncias de violaciones de los derechos e intermediar entre quien denuncia y quien es denunciado. El tercero comprende visitas a los países. Para hacerlo, escribo y solicito una visita a un determinado país. Cuando me responden afirmativamente, voy allí para hablar y entrevistarme con diferentes actores e informo sobre ello a Naciones Unidas. Y el cuarto pilar es parte de lo que estoy haciendo aquí en el FIDA con el Foro de los Pueblos Indígenas. Se trata de un trabajo de concienciación, de construcción de capacidades con este tipo de eventos. Se trata de llevar el foco hacia los derechos humanos, en este caso de los pueblos indígenas.



¿Nos puede presentar un panorama general de la situación en la que se encuentran los pueblos indígenas?

La situación difiere de región a región. La de los pueblos indígenas en Latinoamérica es diferente de la que nos encontramos en África, Norteamérica, Asia y otros lugares. Pero, en resumidas cuentas, lo que sufren todos es discriminación. A causa de esa discriminación se estableció este mecanismo de coordinación. El objetivo no es poner a los pueblos indígenas en una categoría especial. El régimen para los pueblos indígenas trata de crear igualdad en el acceso, en el ejercicio y en el disfrute de sus derechos, y eso es algo común en todas las regiones. En todo el mundo hemos encontrado discriminación relacionada con el acceso a la tierra, con el acceso a la justicia, con el acceso a la educación, con el acceso a la salud… Así que esa voluntad discriminadora es un asunto general, pero los contextos son diferentes en cada región. Los desafíos globales, como el cambio climático, la pérdida de biodiversidad, la presión por los recursos naturales, tienen un mayor impacto en los pueblos indígenas a causa de su situación de marginación.



¿Qué matiza la situación de los pueblos indígenas africanos?

Podemos plantear esta pregunta de otro modo. Deberíamos poner el foco en la importancia de la población indígena en África y no en la discriminación que sufren las personas indígenas. Lo que hace la hace particular, ya sea en África, Latinoamérica o Europa, es que la discriminación se basa en una especie de deshumanización. Las personas indígenas son consideradas por la mayoría como subhumanas. Las consideran como una cultura, como una forma de vida no moderna, no suficientemente buena. Y esas personas son forzadas a abandonar su cultura para abrazar la cultura de la sociedad dominante. Ese es el tipo de discriminación que sufren las personas indígenas. La pregunta es si también se da esa discriminación en África. La respuesta es sí. En África hay comunidades que son consideradas por otras comunidades como subhumanas, como no civilizadas. Su cultura es vista como desagradable. Esas son las comunidades que nos preocupan en África, aunque hay que matizar que no son todos los africanos ni todas las comunidades en África.


Roma, 11 de febrero de 2025. Séptimo Encuentro Global del Foro de los Pueblos Indígenas en el FIDA. En la imagen superior, Albert Kwokwo Barume, Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Fotografías: @IFAD/Cristian Gennari



¿Qué comunidades en el continente sufren este tipo de discriminación?

Hay algunas como los pigmeos. En ciertos países de África no se comparte comida con ellos, se los ve como indígenas, como subhumanos. Hay comunidades como los san, en el desierto de Kalahari, que también son vistos como una cultura salvaje. Estos son dos ejemplos de comunidades que sufren este tipo de discriminación.



¿Los actores de la discriminación son principalmente pueblos africanos o la colonia también fue un factor de discriminación sobre estos pueblos originarios?

Esa es una buena pregunta. Hablamos de discriminación contemporánea. En África hablamos de discriminación poscolonizada. Todo el sistema de derechos de las personas indígenas forma parte de un régimen poscolonizado. La ley internacional en este campo se aprobó después de los 60. El concepto de las personas indígenas en África está relacionado con una discriminación poscolonial.



¿La discriminación es una forma de racismo? ¿Se podría simplificar de esa manera?

La definición en la ley internacional de la discriminación racial, la Convención Contra el Racismo, define la discriminación racial como una discriminación basada en origen étnico. Y es exactamente lo que ocurre en relación a los pueblos indígenas en África. La discriminación de los pueblos indígenas tiene un componente racial.



Hay pueblos indígenas que viven en entornos naturales con muchos recursos, como los minerales o las maderas, susceptibles de ser explotados. ¿El modelo neoliberal condiciona o acentúa la discriminación que existe sobre los pueblos originarios?

Por supuesto, realmente exacerba esa situación. Hablamos de personas cuyo modo de vida no es considerado suficientemente civilizado como para que se le reconozcan ni siquiera el derecho a la tierra. Esa es una de las consecuencias del no reconocimiento de la cultura de estas personas: no se reconoce el uso tradicional de la tierra ni el derecho a la misma. Esa concepción lleva a comunidades como los pigmeos a estar fuera del régimen de propiedad de la tierra. Cuando una empresa llega y busca consultar a las comunidades locales [para comenzar una explotación], no hablará con los pigmeos porque no son considerados propietarios. Este modelo exacerba esa discriminación preexistente.



¿Tienen los Gobiernos africanos instrumentos para controlar a esas? En el caso de no disponer de ellos, ¿quieren dotarse de esas armas para proteger a los pueblos originarios?

El continente africano cuenta con la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos. Es una de las pocas regiones del mundo que reconoce que, además de los derechos individuales de las personas, también hay derechos colectivos de los pueblos. Esa es una de las razones por las que en el continente africano la tenencia tradicional de la tierra se reconoce en la mayor parte de los Estados. En teoría ahí hay un instrumento ahí. Si eres un inversor, una empresa minera, no solo tienes que hablar con los Estados, sino que también debes hacerlo con las comunidades locales. Más allá de eso, la Unión Africana ha desarrollado herramientas para hacer un uso inclusivo de la riqueza natural. Aún no hay una convención continental, aunque se está trabajando sobre ella, para que la riqueza se maneje de forma que beneficie a la mayoría de la población del continente.



Usted trabajó en 2007 en la Declaración de la ONU sobre Derechos de los Pueblos Indígenas. ¿Consideraba entonces que aquella sería el documento definitivo para garantizar los derechos de las comunidades indígenas?

La declaración no crea ningún derecho humano, lo que hace es reformular los derechos que están contenidos en los instrumentos internacionales ya existentes, como los dos convenios de 1966. De alguna manera, la Declaración copia y reformula esos mismos derechos. Creo que la Declaración de Naciones Unidas es suficiente para garantizar que los pueblos indígenas disfruten esos derechos. Eso es lo que creo. Cuando miras la cantidad de veces que se hace referencia a la Declaración en juicios, en tribunales, a nivel nacional o internacional, te das cuenta de que no hace falta que tenga un contenido legal para que tenga validez y sea respetada.



¿Cree que a la opinión pública le preocupan los derechos de los pueblos indígenas?

Creo que si la opinión pública estuviera bien informada de lo que reclaman los pueblos indígenas, la mayoría de la opinión pública lo entendería. Pienso que los derechos de los pueblos indígenas generan malentendidos y crean miedos o resentimientos por no ser bien conocidos.

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