Por Javier Sánchez. La responsabilidad de las empresas en el respeto a los derechos humanos en sus procesos de extracción, transformación y comercialización de los bienes y servicios que producen, se fundamenta en un acuerdo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU de 2011, los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, que establece que los Estados tienen la obligación de «proteger» y hacer respetar y cumplir los derechos humanos, y las empresas el deber de respetarlos y cumplir las leyes pertinentes.